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Las nuevas formas de acceso publico para
comunicarse, permiten a quien disponga de los medios, su utilización, creándose
una expansión exponencial de otros servicios y lo que ello implica , no
solo en creatividad y certeza, sino también en
cuanto al sigilo de las comunicaciones, tuteladas en la constitución
de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, desde su fundación en
Atlantic City en 1947, (ex Comité Consultivo Internacional de
Radiocomunicaciones , hoy UIT-R) oportunidad en que Argentina concurrió
con una prestigiosa representación.
Los Estados miembros de la UIT, antes
CCITT (ex CCIT), estaban obligados a garantiza efectivamente tal tutela,
como también la ejecución de medidas preventivas de la comisión de
delitos utilizando la correspondencia pública.
Es decir que las autoridades están
obligadas al cumplimiento de ambos deberes.
También la comisión de delitos es
posible utilizando las actuales tecnologías, muchas veces no accesibles
al común de los usuarios, ya sea por su costo o por la naturaleza de sus
necesidades.
La mediatización del tiempo y la
distancia es muy útil para cualquier propósito, legal o ilegal.Algunas
de las formas del uso de los medios disponibles en el mercado, pueden
permitir o usos indebidos, sujetos a sanción en la jurisdicción
administrativa o usos cuya conducta se encuentra tipificada en el Código
Penal.
Algunas de las conductas previstas en la
legislación penal, por su entidad , se encuentran en los contenidos de
convenios o acuerdos internacionales, cuyo objeto se ha instalado a ese
nivel, necesariamente, por la velocidad y densidad de la expansión de
conductas peligrosas , no solo para las comunidades locales, sino también,
para la comunidad internacional. Es el caso de las denominadas
narcogestiones o del lavado de dinero, éste ultimo introduce
incertidumbre en los mercados financieros y apura a los gobiernos para
destinar mas recursos, necesarios en otras áreas, para su persecución y
desbaratamiento.
Las naciones tecnológicamente más
avanzadas, necesariamente tutelan primeramente
a sus propios intereses domésticos, y no puede ser de otra manera, lo
cual no significa que
naciones como, por ejemplo Argentina, no deban acudir a sus propios
recursos para la actividad preventiva en materia criminal.
La jurisdicción judicial federal, es el
poder que autoriza parte esencial de esta actividad tutelar. Esta
actividad no debe ser obstaculizada por innovaciones, que han sido fruto
del talento de especialistas, la creatividad tecnológica no puede ni debe
ser neutral en éstos temas.
Este en éstos aspectos, donde reside
una de las mayores responsabilidades de las personas que han merecido la
confianza del estado para prestar servicios de telecomunicaciones, en
todas sus variantes, modalidades, modulaciones, fijas, móviles,
alambricas, inalámbricas, etc.
Los responsables de las operaciones de
los nuevos sistemas, bajo responsabilidad comercial no gubernamental,
deberían capacitar a su personal sobre éstos temas, dado que la
desregulación, en realidad ha instituido otro nivel de regulación, donde
el reconocimiento de nuevas libertades conlleva la aceptación de nuevas
responsabilidades.
Considero oportuno que
los titulares de derechos de
proveer servicios de internet, deberían tomar la iniciativa para poder
facilitar las medidas preventivas de acciones criminales y consensuar
medidas comunes para estos aspectos.
Si un juzgado ordena abordar el
conocimiento de contenidos de correspondencia, para ello dispone del
“imperium” suficiente, toda medida o acción o conducta de terceros
que dificulte el cumplimiento
de esta disposicion, de por si es un delito, inclusive cuando un tercero
facilite medios o condiciones que , por su naturaleza y alcance vuelva
ineficaz las medidas dispuestas judicialmente.
Otro aspecto delicado, es la posibilidad
de clonar mellizos de terminales móviles, con el propósito de conocer
los contenidos de emisiones de terceros, utilizando programaciones
accesibles, sin autorización judicial y sostenido en la buena fe del
usuario interceptado.
Las LSB, aunque ahora fusionadas con sus
controladas en lo que hace al uso espectral, deberían poder acceder a
conocer la existencia del curso de señales originadas por terceros,
destinadas a “consumir” o “erosionar” las posibilidades técnicas
del cumplimiento de ordenes judiciales. También sobre éste tema deberían
asumir la iniciativa de instalar un marco adecuado para consensuar
procedimientos que permitan la efectividad de los jueces.
Existen un numero suficiente y adecuado
de estudios jurídicos experimentados en algunos de éstos temas y estos
profesionales, con el apoyo de los Colegios respectivos, están llamados a
cumplir un papel esencial en encontrar soluciones adecuadas y justas , el
Poder Judicial necesita de su concurso en temas cuya sofisticación y
evolución no siempre esta al alcance , en la extensión necesaria, de los
juzgados. Deben ser consultados en un marco adecuado.
Hace pocos días, en una carta que me
permití remitir al Sr. Ministro de Defensa, a propósito de dos ideas que
impulsé, dije que en Argentina lamentablemente “ mucha sangre y
lagrimas “ habían sido vertidas, pero quizás, no el necesario sudor.
Es necesario que las personas
prestadoras de diversos tipos de servicios, adopten una adecuada
iniciativa sobre éstos tópicos, ya que su intervención es una carga pública
que, aunque no explicitada en los términos que me permito, forman parte
de sus derechos y obligaciones.
Las empresas deben ocupar el
“espacio” social que quizás
sus estatutos no incluyen, pero su concurso es ineludible y su colaboración
esperada.
La Argentina es posible, no seamos solo
un lugar, sepamos prever para que las lagrimas sean pocas, el estado está
también integrado por las empresas prestadoras de servicios de
telecomunicaciones, como comunidad y tienen el derecho de incursionar en
temas y aspectos vinculados a la tutela de los derechos, la seguridad y el
bienestar de la gente, mas allá de sus propios negocios, esto es así por
la nueva configuración participativa que se esta dibujando, no es solo
otorgando pasantías, que nunca dejan de serlo, la única forma de
participación que los argentinos esperamos de los empresarios.
Hay suficiente gente decente , honesta y
que desea la justicia en el sector de las comunicaciones, en el área
gubernamental como en la no gubernamental; el sector es esencial para
nuestro futuro, las inversiones son dinero, equipos, servicios,
participación social, talento y donación en las políticas nacionales y
de estado que los licenciatarios pueden aportar.
Algunas veces, especialidades muy
complejas, pueden ser definidas muy simplemente, así como la información
no es conocimiento, existe un gran número de personas que creen lo
contrario y así planifican sus actos; hace unas semanas, se le pregunto
al Sr. Dr. Levy que era el “marketing” y respondió muy sintéticamente
la verdad: “ es lo obvio”. Por lo menos hubo 72 seminarios y cursos
para enseñar que es el “marketing” o el “mercadeo”, que es la
verdadera denominación, sin embargo el mercado se diluye y se
compartimenta cada vez más en una segmentación que obliga a dejar de
lado una “normalización” de la publicidad.
Esta segmentación se repite en las
opciones para la comisión de ilícitos y afecta a los niveles de
seguridad que en cada segmento se vuelven necesarios.
NOTA:Si Ud. considera que estas
reflexiones y las anteriores son de Utilidad, hágalas conocer a
profesionales que se consideren involucrados
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