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Es
muy difícil que las personas , en lo común, coincidan con el
significado de la palabra seguridad. Casi todas ellas la vincularán
de una forma u otra con el concepto de peligro o violencia. En el
primer caso, vincularán al peligro respecto a otros o bienes, o
respecto a ellos mismos, como una sensación de inseguridad derivada
de lo que observan o conocen de la vida publica o cotidiana. Cuando
vinculan la seguridad al peligro, se refieren a una posibilidad
latente o inminente, respecto a ellos mismos, o a terceros o a bienes.
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Todas,
si, coincidirían con el concepto de sensación de seguridad o
inseguridad. Por lo tanto, considero que aquellas políticas que se
implementen respecto a morigerar, disminuir o atenuar esta sensación
de inseguridad, deben carecer de los elementos que la confirmen. Estos
elementos , para ser auténticos, deberían articularse y ser vistos o
percibidos de forma tal que se pueda llegar a instalarse la sensación
de seguridad.
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Pero,
la denominada sensación de seguridad, solo puede constatarse en los
momentos inmediatos posteriores a los de sensación de inseguridad,
luego aquella se esfuma, se erosiona, en realidad la llamada sensación
de seguridad es bastante efímera y no puede llegar a percibirse como
un valor o un bien ya instalado. Sobre todo cuando la seguridad
obtiene resultados.
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Por
lo expuesto, considero, que la seguridad es efectiva con la ausencia
de debate sobre la misma y cuando las personas no la toman como un
tema mas o menos cotidiano.
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No
obstante, esto no es realmente cierto, la ausencia de debate o
cuestionamientos referidas a la seguridad no garantizan de manera
alguna que su contrapartida vuelva a instalarse. Allí está la
necesaria efectividad de políticas preventivas. La identificación de
circunstancias o hechos que se puedan presentar creando inseguridad,
las denominan amenazas.
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La
enumeración doctrinaria actual de las denominadas “nuevas amenazas
no esta suficientemente desagregada y menos, explicitadas, como
especies de subproductos de continentes mas amplios.
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Me
he propuesto encarar éste tema a propósito del tema
telecomunicaciones.
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No
existe, o al menos no he tenido noticia de su existencia, de una
elaboración de políticas y evaluación de recursos disponibles ,
cuyo objeto sea el tutelar la enorme infraestructura de
telecomunicaciones que se esta desplegando, fundamentalmente de
radiocomunicaciones en sus diversas edades tecnológicas, para una
diversidad de servicios que hoy no están en el tema cotidiano de la
inseguridad.
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La
infraestructura instalada y en desarrollo, es tomada como parte del
potencial del país en la ley de Defensa
y en distintos documentos del llamado Libro Blanco de la
Defensa Nacional, también
ocurre lo mismo en documentación similar de la Republica de Chile y
en diversos documentos de la Republica Federativa de Brasil.
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Este
tema, el de la seguridad o inseguridad de las telecomunicaciones, ha
sido apenas rozado con el
tema de la tutela de las redes de Internet y del habeas data.
No solo “la puerta trasera” de los sistemas informáticos o
el resguardo de los datos de las personas son los únicos items que se
deben abordar. Y precisamente no es una iniciativa, tal abordaje, que
puede ser satisfecho por los prestadores de servicios o
licenciatarios.
Es necesario el impulso e iniciativa de los organismos cuya función
no esta sujeta a una subsidiariedad en el tema.
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El
mapa de las redes, ignora las actuales divisiones o jurisdicciones políticas,
por lo que ,coligo, el tema debería restar incluido en una Agenda de
suficiente entidad, de la cual se puedan inferir iniciativas útiles.
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No
obstante, nada impide que en Argentina, se promueva este debate con la
amplitud, y profundidad que merece. En realidad, hay tres redes de
gestión de las telecomunicaciones: la de gobierno, - que no
transcurre según su organigrama las redes de uso y acceso
publico, con enormes inversiones con tecnologías que cuanto mas
sofisticas son, mas frágiles devienen en su vulnerabilidad, y
finalmente, las redes y sistemas afectados a políticas y gestiones de
Defensa y Seguridad. Todas ellas tienen interfaces que las vinculan.
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Estimo
que no existe un planeamiento a nivel nacional sobre este tema, con la
participación de los interesados. Aunque es posible intervenir “ex
post facto”, esto no es saludable, es decir que el común de las
personas hablen de inseguridad en estos temas.
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Estimo
prudente, sugerir que algún organismo impulse una
agenda y discusión calificada sobre éstos asuntos, que no solo hacen
a la tutela de las inversiones, sino de la propia Defensa y de la
propia Seguridad de la Nación y de los demás países de América.
EL
TEMA DE LA INFRAESTRUCTURA.
Considero
que la documentación referida a la localización de infraestructura debería
estar sometida a un régimen tutelar especifico, en cuanto al acceso a su
conocimiento. Si bien un tercero que acredite suficientemente un interés
legitimo, podría acceder a los archivos en que consta en detalle esta
información, me permito considerar que a
la misma solo se debería acceder, también, con autorización de
la persona titular de los derechos sobre las instalaciones.
Esta
información debe estar desagregada de la información general mas
especifica de los licenciatarios, es decir debe encontrarse catalogada por
separado.
Específicamente
me refiero a las denominadas estaciones concentradoras de trafico, repetidoras,
trayectorias de haces radioeléctricos, punto a punto o punto multipunto,
ubicación de estaciones de energía híbridas, ubicación de enlaces
coaxiales o de fibra óptica o enlaces físicos no solo destinados al
denominado servicio publico, también me permito incluir a las
instalaciones de IPS, coberturas futuras de los prestadores, estaciones
repetidoras urbanas, suburbanas y rurales y disponerse de un registro
minucioso de interferencias producidas, por lugar, frecuencias, horarios e
información útil sobre estos temas para poder adoptarse acciones
preventivas.
No
puede concebirse que un empleado de un consorcio de un edificio, disponga
de una llave, y solo él,
para acceder a lugares de domino común donde se encuentran instalados
equipos que cuestan cientos de miles de dólares y , más aún, son parte
de la configuración y topología de redes muy sensibles. El corte de una
fibra óptica, puede significar el quiebre de toda una empresa prestadora.
Las
autoridades cuya misión es prevenir la comisión de delitos, deberían
tener conocimiento de estos lugares sensibles de telecomunicaciones,
demasiados expuestos a actos de depredadores o de causa de daño a las
propias redes o sistemas que, aunque de propiedad no gubernamental, forman
parte del patrimonio de la Argentina, constituyen un valor agregado a la
calidad de vida de los habitantes.
Considero
que se hará necesario tener en cuenta la posibilidad de la comisión de
delitos en éstos sitios, adoptándose medidas preventivas adecuadas,
consensuadas con los prestadores de servicios, incluyéndose en el caso,
aquellas redes y sistemas para uso de las propias empresas y enlaces MXD
y MXA. Sería útil el que se promueva una norma de orden publico,
en la que se dicten las medidas necesarias y suficientes para esta tutela
de equipamiento y enlaces.
De
igual forma, considero que los propietarios de éstos equipamientos
coordinen medidas conjuntas y comunes para este tipo de tutela, como también
promover una mayor generalización para el uso de sistemas encriptados
para prevenir ataques al contenido de las comunicaciones; una regulación
de ésta naturaleza sería sumamente útil ante la parafernalia de
equipamiento que existen en el mercado ,con el objeto de interceptar
ilegalmente comunicaciones, inclusive para utilidad
de personas vinculadas a todo tipo de negocios, inclusive con fines
criminales.
Se
hace necesario abordar la posibilidad de que se instalen sensores en
aquellos sitios en que inevitablemente puedan circular terceros y los
costos que demanden este tipo de instalaciones debe ser impulsado por las
autoridades y su adquisición estar encuadrada en un régimen
preferencial en materia fiscal e impositiva, como también su
mantenimiento, ya que esta tutela es de interés de la nación y su
fundamento se encuentra en el denominado potencial del país y sus
aptitudes que son materia de regulación en la ley de Defensa Nacional Nº
23.554.
Con
respecto al tema de encriptado, basta con la habilitación de un registro
reservado de usuarios, al que solo podrán acceder funcionarios con previa
autorización judicial y la constatación fehaciente de que no se causarán
daños a terceros.
Con
respecto a los seguros que se deban constituir respecto a las
instalaciones de infraestructura, también se propone una regulación
especial, con una pluralidad de personas sujetas a su cobertura y en
contratos por adhesión específicamente para el caso, donde la parte
aseguradora, también pueda estar constituida pluralmente para una
disminución de costos.
EL TEMA DE
LA IDENTIFICACIÓN DE LOS DIRECTORIOS DE LAS LICENCIATARIAS Y EL INTERES
DE LA GENTE.
La
identificación de las personas físicas que integran los órganos de
dirección de las prestadoras o licenciatarias, debería estar sujetas a
una tutela o reserva especial, en lo que hace a su identificación
personal, domicilios particulares y tipo y numero de documentos
de identidad, inclusive de las personas de nacionalidad extranjera.
Debe habilitarse en nuestra legislación la posibilidad
que puedan llevarse a cabo reuniones
de directorios entre personas a distancia, contándose con los medios idóneos,
y constituyan actos jurídicos válidos y también
en cuanto a sus efectos,
respecto a la propia dinámica interna de la empresa como con respecto a
terceros y sus constancias fehacientes sean motivo eficiente de inscripción
en la Inspección General de Justicia.
No
se trata de habilitar fueros especiales, desde hace casi treinta años, el
nacimiento de lo que se ha dado en llamar el complejo electrónico, ha teñido
todo el tejido social, económico, productivo, cultural y financiero de
las comunidades. Quienes están al comando de estas prestaciones
esenciales, deben disponer del necesario bill de seguridad operativa para
la no interferencia del sistema que, cuanto mas sofisticado, mas frágil y
atacable se vuelve.
Hace
poco se ha instituido en España , lo que han denominado la libertad de
antena, no nos confundamos, la libertad para acceder para ser conocidas
nuestras opiniones o las de otros , solo constituye darle a la gente la
posibilidad de elegir de entre lo que se le ofrece, no de entre lo que
espera encontrar.
Quien
dispone del medio, también dispone de su propio criterio de saber lo que
la gente quiere saber y de lo que no le interesa saber, lo cual, por ser
inevitable, no deja de ser una especie de aduana unilateral camuflada
entre la diversidad y cantidad de medios instalados.
Entre
las cosas que la gente necesita encontrar, es la disponibilidad de una guía
de edición obligatoria y periódica
de páginas web, para posibilitarles el no acceder obligadamente a
un laberinto, para el que no dispone ni de tiempo ni de dinero. Esta guía
debe ser, fundamentalmente, gráfica, anual y disponible para todo usuario
o no de INTERNET . Una facilidad de esta naturaleza, multiplicará las
necesidades descubiertas de acceso a la red y también su uso desde
lugares abiertos al público.
La
verificación de la naturaleza del trafico que se cursa en Internet es
algo necesario como medida de políticas preventivas de seguridad. El
problema radica en que las acciones tendientes a identificar actos ilegítimos
se deben legitimar a la luz de las experiencias que se han soportado ,con
el consenso de las partes interesadas que han invertido en el sistema ,
nuestra actual legislación posee grandes vacíos en el tema, además de
los problemas actuales de interferencias perjudiciales e interceptaciones
sin intervención judicial.
La
complejidad tecnológica de éstos asuntos, justificaría la habilitación
exclusiva en el Fuero Federal de un juzgado ad hoc, como también de un
registro de peritos hábiles y experimentados en las distintas disciplinas
de las telecomunicaciones, teniéndose en cuenta las áreas en que se
encuentra organizada la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Similar criterio debería incluirse en el tema del instituto de la Mediación,
habilitándose la instancia en diferendos entre licenciatarios y usuarios
con vista a la Autoridad e Control.
RESPECTO
A LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Este
tema es de delicada naturaleza, dado que los proyectos contienen un valor
agregado propio de la combinación de diversos sistemas y equipos que
permiten configuraciones que podrían denominarse creaciones
intelectuales.
Existen
varios ejemplos de empresarios que han propuesto la utilización espectral
para servicios que, hasta ese momento, no existían en el mercado. No
existe en nuestra legislación tutela sobre tales iniciativas originales.
No se trata de la tutela del software, sino de la tutela de originales
configuraciones de redes y /
o uso de nuevos equipos cuya utilización deviene en muy conveniente para
la industria y el comercio.
Un
tercero que se pretenda legitimado para conocer la topología de una red y
su configuración , debería contar con fundamentos suficientes para
acceder a dicho conocimiento y con previa autorización y presencia de un
representante de la licenciataria propietaria del uso del sistema y su
configuración. Este tercero debe estar obligado, con posterioridad al
acceso a la información, a presentar los efectos que la vista ha
promovido y luego evaluarse la razonabilidad del procedimiento que se ha
impulsado para decidirse sobre la viabilidad o no de la aplicación de una
sanción en caso de haberse tomado razón injustificada.
Por
ejemplo, el conocer una topología punto zona en LMDS, para un entendido,
podría significar la identificación de posibles zonas de sombra y ésta
información puede ser de utilidad al responsable del diseño de la
dirección y velocidad de tendido de una red de fibra óptica, lo que podría
tipificarse como competencia desleal como consecuencia de una actividad
previa de espionaje.
Aunque
lo inalámbrico esta hoy en el escenario, en realidad tiene entidad de táctico,
lo estratégico es la fibra óptica, mucho mas cara, pero que asegura un
grado de capilaridad excelente
,pero peligrosa, si no se logra colmar su capacidad media de transporte.
Quizás
la solución ideal es llegar con fibra por manzana y distribuir dentro de
ella mediante sistemas inalámbricos.
No
obstante, estos comentarios, de los que soy responsable, los vuelco con el
propósito de poder señalar la verdadera entidad
y naturaleza de la denominada información técnica, que no es
neutral.
La
tutela de los denominados proyectos técnicos, corresponde a sus
propietarios y a ellos les corresponde proponer aquellas medidas que
posibiliten el cuidado de los intereses de los accionistas.
Espero
que estas reflexiones puedan ser de utilidad a quienes, como el suscripto,
le han dedicado su vida a su vocación, las telecomunicaciones.
- NOTA
ACLARATORIA. Esta
propuesta, que hoy se completa, se remite individualmente a 75
receptores de otras que he impulsado, sin una distribución colectiva,
por razones de seguridad.
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