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HIDROCARBUROS |
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LEY Nº 26154 PODER LEGISTALIVO NACIONAL
Ley 26.154
Créanse en el marco de la Ley Nº 17.319 regímenes promocionales para la exploración y explotación de hidrocarburos que serán de aplicación en todas las provincias que conforman el territorio de la República Argentina, que adhieran al mismo, y en la Plataforma Continental Argentina.Objeto.Régimen Promocional.Beneficios Promocionales.Régimen de Excepción para Areas de Exploración en Concesiones otorgadas por la Ley Nº 17.319 y sus Normas Complementarias.Disposiciones Complementarias.Sancionada:Octubre 11 de 2006 . Promulgada:Octubre 27 de 2006
B.O. 01/11/2006
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PROTOCOLOS |
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LEY Nº 26146 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Ley 26.146
Apruébase el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR, suscripto en Montevideo —República Oriental del Uruguay el 9 de diciembre de 2005.Sancionada:Septiembre 27 de 2006. Promulgada de hecho:Octubre 19 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
B.O. 23/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 12511 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 12.511
ARTICULO 1º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma de veintiún millones ochocientos cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 21.850.000 m/n.) para cubrir las diferencias de cambios y de costos originadas por el cumplimiento de la ley Nº 11.378.
B.O. 06/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 12672 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 12.672
ARTICULO 1º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la cantidad de $ 646.474.545,45 moneda nacional (Seiscientos cuarenta y seis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco pesos con cuarenta y cinco centavos moneda nacional), en la adquisición, con destino al Ejército, de los elementos que se expresan en el presente artículo y de conformidad con el detalle siguiente:
B.O. 06/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 12690 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 12.690
ARTICULO 1º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir para la Armada Nacional hasta la cantidad de $ m/n 712.000.000. setecientos doce millones de pesos moneda nacional, con destino a las adquisiciones, construcciones y las otras erogaciones dispuestas en el artículo 2º.
B.O. 06/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 12691 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 12.691
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS ETC.
B.O. 06/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 12936 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 12.936
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS, ETC.
B.O. 06/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 14047 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 14.047
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS, etc.
ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 34 de la ley Nº 12709, por el siguiente:
El Estado tiene el monopolio de la exportación de las armas, municiones y material de guerra.
B.O. 03/06/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 16438 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 16.438
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir para la Armada Nacional hasta la cantidad de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL (M$N.20.000.000.000.) con destino a las realizaciones del “Plan de Renovaciones y Adquisiciones de Unidades Navales, Aeronavales y elementos de Infantería de Marina”.
ARTICULO 2º — Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir para la Armada Nacional hasta la cantidad de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL (M$N.20.000.000.000.) con destino a las realizaciones del “Plan de Construcciones de Pistas y Obras Complementarias”.
ARTICULO 3º — Las inversiones que demande el cumplimiento de esta ley se realizarán en un término no menos de siete (7) años.
ARTICULO 4º — A los efectos del artículo anterior, la Secretaría de Estado de Marina convendrá anualmente con la Secretaría de Estado de Hacienda el plan a cumplirse dentro del ejercicio financiero, en forma que pueda ser determinada y prevista con la debida antelación, la suma de las erogaciones a cubrir en dicho lapso.
ARTICULO 5º — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán a la misma, autorizándose al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito a los mismos fines.
ARTICULO 6º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 16.438 —
B.O. 03/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 16438 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 16.438
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
B.O. 03/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 16916 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 16.916
Bs.As., 9/8/1966
VISTO lo informado por el señor Secretario de Estado de Guerra interino, lo propuesto por el Ministerio de Defensa Nacional y en uso de las facultades que le acuerda el Artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
B.O. 03/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 17112 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley “S” 17.112
Bs.As., 11/1/1967 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1º — Apruébase, con carácter de “Secreto”, el estatuto para el personal civil de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, constituido por las disposiciones de la presente Ley, que establecen las carreras, deberes, derechos, retribuciones y régimen disciplinario para este personal afectado a tareas de seguridad y defensa nacional.
B.O. 03/10/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 17266 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 17.266
Bs.As., 8/5/1967 En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1º — Amplíese en 45 días el plazo a que hace referencia el Artículo 18° de la Ley “S” N° 17.112 (Estatuto para el Personal Civil de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas).
ARTICULO 2° — La presente Ley es clasificada de “SECRETA”, regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado.
B.O. 03/10/2006
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LEY SECRETA Y RESERVADA |
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LEY Nº 17599 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
PUBLICACION CONFORME LEY 26.134
Ley 17.599
Bs.As., 29/12/1967 Al Excelentísimo Señor Presidente de la Nación:El 26 de octubre de este año fue promulgada la ley 17.502, que declaró de competencia exclusiva del Ministerio de Bienestar Social lo referente a la iniciación, tramitación y otorgamiento de todos los subsidios y subvenciones que se sufraguen con fondos públicos nacionales de cualquier naturaleza.
B.O. 29/09/2006
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LEY SECRETA Y RESERVADA |
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LEY Nº 17845 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
PUBLICACION CONFORME LEY 26.134
Ley 17.845
Poder Ejecutivo Nacional Ministerio de Defensa Bs.As., 9/8/1968 EXCMO.
SEÑOR PRESIDENTE:Tengo el agrado de dirigirme a V.E.para elevar a vuestra consideración un proyecto de ley tendiente a permitir la reubicación de S.A.D.O.S.(Sastrería y Almacenes Dirección Obra Social) cuyo desenvolvimiento actual no es funcional.El inmueble ubicado en la intersección de la Avda.Presidente Julio A.Roca y calle Chacabuco de la Capital Federal, donde tiene asiento la Dirección de Obra Social Naval y S.A.D.O.S.(Sastrería Almacenes Dirección Obra Social) señalado como parcela 25a, manzana 14b, Sección 2, Circunscripción 13, con una superficie aproximada de UN MIL DOSCIENTOS VEINTIUN METROS DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS (1.221,16 m2.), está en trámite de ser desafectado del uso naval e incluido en el régimen de la ley 14.135 y decretos concordantes (que posibilitan la solución del problema de la vivienda naval), ya que del estudio efectuado, ha surgido la conveniencia de reubicar S.A.D.O.S.conforme a necesidades navales y requerimientos funcionales.Tal conveniencia se basa en las siguientes razones:
B.O. 29/09/2006
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JUSTICIA |
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LEY Nº 26143 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Ley 26.143
Sustitúyese un artículo de la Ley Nº 23.735.
Sancionada:Septiembre 6 de 2006 Promulgada:Septiembre 26 de 2006 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 23.735 por el siguiente:Artículo 2º:Créanse DOS (2) Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, a los que corresponderán los números 3 y 4 y contarán con DOS (2) secretarías cada uno....
B.O. 29/09/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 17846 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 17.846
Poder Ejecutivo Nacional Ministerio de Defensa Bs.As., 9/8/1968 EXCMO.
SEÑOR PRESIDENTE:Tengo el agrado de dirigirme a V.E.para elevar a vuestra consideración un proyecto de ley, destinado a actualizar el decreto ley Nº 8707 de fecha 3 de octubre de 1963, a efectos de concretar la expropiación de una fracción de terreno, incluida en la Base Naval Puerto Belgrano.
En efecto:por el decreto ley mencionado, se declaró de utilidad pública y sujeta a expropiación con destino a fines militares y para la defensa nacional, la fracción de tierras coloreada en el plano adjunto al proyecto de ley que se eleva.
B.O. 28/09/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 18117 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 18.117
Poder Ejecutivo Nacional Ministerio de Economía y Trabajo Bs.As., 31/1/1969 EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACION:
Tengo el honor de dirigirme a V.E.a fin de elevar a vuestra consideración un proyecto de ley por el cual se regulariza la situación de los valores nacionales en poder de las Cajas Nacionales de Previsión indicadas en la ley número 17.575.Se trata de títulos no negociables denominados “Obligaciones de Previsión Social” del 4% y 5% y “Plan de Inversión y Capitalización” del 8% de interés por un importe que alcanza actualmente a un monto del orden de los m $ n.100.000 millones, cuyo servicio de interés y amortización (m$n.8.000 millones al año aproximadamente) se viene cumpliendo desde el 1° de enero de 1956, mediante la entrega de nuevos papeles de iguales características.
B.O. 28/09/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 18211 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicación conforme Ley 26.134
Ley 18.211
Bs.As., 14/5/1969 AL EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA.
El Ministro de Defensa a propuesta del Comando en Jefe del Ejército en expediente Nº 58/67 Cde 22, tiene el honor de dirigirse al Excelentísimo Señor Presidente de la Nación con el objeto de someter a su consideración privativa, el propósito de donar un (1) caballo de Armas con destino al Ejército de la República de Bolivia para el Oficial ganador de los concursos hípicos anuales que se disputan en la Ciudad de La Paz.
B.O. 28/09/2006
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LEYES SECRETAS Y RESERVADAS |
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LEY Nº 18230 PODER LEGISLATIVO NACIONAL
PUBLICACIONCONFORME LEY 26.134
Ley 18.230
Bs.As., 28/5/1969 Excelentísimo Señor Presidente de la Nación Tengo el honor de dirigirme al Primer Magistrado, a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de Ley por el cual la Junta de Comandantes en Jefe propicia la donación de tres aviones a la Fuerza Aérea Paraguaya, en condiciones de servicio y con el equipamiento que poseen actualmente.
B.O. 27/09/2006
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