MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 

Decreto 1061/2002 

Desígnase Director de Emergencias Sociales, con carácter transitorio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI del Anexo I del Decreto Nº 993/91 y a la Ley Nº 25.565. 

Bs.As., 19/6/2002 

VISTO los Decretos Nº 355 del 21 de Febrero de 2002 y sus modificatorios, la Ley de Presupuesto Nº 25.565, los Decretos Nº 993 del 27 de Mayo de 1991 (t.o. 1995) y Nº 491 del 12 de Marzo de 2002, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y 

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el Artículo 1º de la Ley de Ministerios, con sus modificatorias, previéndose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Artículo 19 de la Ley Nº 25.565 se dispuso que, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la mencionada Ley, ni los que se produzcan con posterioridad.

Que por el Decreto Nº 491/02 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada -en los términos del Artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001- en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en el Decreto Nº 993 del 27 de Mayo de 1991 (t.o. 1995), se establecen los requisitos mínimos de ingreso para los distintos niveles escalafonarios del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura del cargo de Director de Emergencias Sociales, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la mencionada dependencia, resultando menester disponer diversas medidas de excepción.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 19 de la Ley Nº 25.565 y en el Título III - Capítulo III y Artículo 71 primer párrafo del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que el Lic. Marcelo Nobel GARMENDIA reúne los requisitos de capacidad e idoneidad requeridos para el cargo.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 19 y 58 de la Ley Nº 25.565 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de Marzo de 2002. 

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º - Desígnase con carácter transitorio, Director de Emergencias Sociales del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, al Licenciado Marcelo Nobel GARMENDIA (D.N.I. Nº 13.604.415), con carácter de excepción, a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, Artículo 71 - primer párrafo, primera parte- del Anexo I del Decreto Nº 993 del 27 de Mayo de 1991 (T.O. 1995) y a lo dispuesto por el Artículo 19 de la Ley Nº 25.565. 

ARTICULO 2º - Dentro del Plazo de CIENTO OCHENTA (180) días desde la designación, el cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto mediante los procesos de selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa aprobado por el Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995). 

ARTICULO 3º - El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. 

ARTICULO 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - DUHALDE.- Alfredo N. Atanasof.- María N. Doga.