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ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
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PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto 1483/2006
Dase por designada transitoriamente Jefe Departamento Vigilancia Alimentaria, dependiente del Instituto Nacional de Alimentos.
Bs.As., 19/10/2006
VISTO la Ley Nº 26.078, el Decreto Nro.491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 22 del 14 de marzo de 2003, la Disposición ANMAT Nº 2850 del 16 de agosto de 1994, y el Expediente Nº 1479114/062 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA – ANMAT, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley Nº 26.078, se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio del año 2006, estableciéndose en la misma que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decisión Administrativa Nº 22/03 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA – ANMAT.
Que por el artículo 11 de la Ley Nº 26.078 se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por la Disposición ANMAT Nº 2850/94 se aprueban las aperturas inferiores de la Estructura Organizativa vigente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA – ANMAT.
Que por el expediente citado en el VISTO la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA —ANMAT—, plantea la necesidad de cubrir transitoriamente la función jerarquizada de Jefe de Departamento del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS, perteneciente a la Carrera Profesional, instituida por Decreto Nº 277/91, el cual se encuentra vacante.
Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS, se encuentra incluido como unidad orgánica en la apertura inferior de la Estructura Organizativa aprobada por Disposición ANMAT Nº 2850/94, con las funciones allí asignadas.
Que atento a la naturaleza de dicha función y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignada la unidad orgánica a la que corresponde la función en cuestión, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándola a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 26.078 y de lo dispuesto en el Capítulo II, artículo 4º, inciso c, Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº 277 del 14 de febrero de 1991.
Que la cobertura de la función aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º — Dase por designada transitoriamente en la función de Jefe Departamento Vigilancia Alimentaria dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICAANMAT, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, a la Bioquímica Teresa Elena Herminia VELICH (DNI Nº 11.265.593), Legajo Nº 106.711, Nivel D – Grado 1 de la Carrera Profesional, instituida por el Decreto Nº 277/91, a partir del 2 de mayo de 2006.
ARTICULO 2º — La designación en la función jerarquizada aludida se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Capítulo II, artículo 4, inciso c), Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº 277/91, y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.078.
ARTICULO 3º — La función involucrada deberá ser cubierta conforme con los sistemas de selección previstos por la Carrera Profesional – Decreto Nº 277/91 – en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Ginés M.González García.
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