UN ACUERDO O UNA SENTENCIA...
HE AQUI EN DILEMA

Por Ada Lucia Francetic
Mediadora - Docente de Negociación

     Muchas veces me pregunto cuál es el motivo por el cual, las partes en una mediación (y sus letrados) prefieren recurrir a la decisión del juez en lugar de hacer un acuerdo "voluntario". Por qué será que nuestra idiosincrasia nos indica acudir a Su Señoría para resolver una situación que surge a primera vista como muy clara (demasiado clara en algunas oportunidades).
     Es entonces cuando los mediadores empezamos navegar por los meandros de la teoría. Y nos decimos ¿faltó información? ¿sobró mala fe? Tal vez ambas o ninguna a un mismo tiempo. Se sabe que hay circunstancias en las que la gente, cargada de emociones asaz negativas ( por su condición de humanos, sujetos del amor y del odio) necesita imperiosamente que "el otro"reciba una muy dura sanción, y por ello sueña con que Su Señoría dé satisfacción a su pretensión. No puede ni siquiera imaginar los avatares de un pleito. No se le pasa por la cabeza la incertidumbre o imprevisibilidad que significa litigar. 
     Más aún si su asesor letrado dice "la mitad de la biblioteca le da la razón y la otra mitad, no", o entre bambalinas afirma " los abogados estamos formados para litigar".¿Cómo percibirá el común de los mortales estas afirmaciones? Algunos están tratando de encontrar una alternativa para huir (aunque sea por el momento) de una pérdida segura. Tal vez un ejemplo nos aclare el tema: conduciendo mi automóvil embisto a otro. 
     El frente de mi auto golpea contra la puerta delantera izquierda del otro rodado. Reclamo va, reclamo viene, concurro a una mediación. Citado por "la víctima" voy acompañado por mi abogado y el de la compañía de seguros. Después de la segunda audiencia decidimos cerrar sin acuerdo. Vamos a litigar.¿Por qué? Mucha sospecha pero poca evidencia. Desde la teoría, especulamos así: como la pérdida es segura (ha provocado un daño y debe resarcir) opta por un riesgo. Ir a juicio le permite postergar el pago del daño causado y puede ser que "zafe" si logra alguna interpretación de la ley que lo favorezca (solemos encontrar profesionales que hacen decir a la ley lo que ella jamás previó). O en su defecto la suerte (que es grela) mediante caducidades, o prescripciones o desistimientos permite al afortunado deudor no pagar. Pésimo antecedente para la justicia, como valor.
Hay otras circunstancias en las que se produce claramente un conflicto de intereses, entre el principal y el agente. Entre la parte y su abogado. Máxime cuando dichos intereses son opuestos. Clarifico con un ejemplo: Viene una persona con su abogado a un "caucus".
     Allí reconoce que la otra "parte" tiene razón, pero (siempre un pero se interpone) su abogado desaconseja cualquier eventual arreglo. Insólito ¿verdad? Hay una muy contundente respuesta: "la mejor defensa es un buen ataque" También conocemos el caso contrario o complementario de éste, para mejor decir.
     El letrado sabe que el reclamo es justo. Que le espera un juicio de varios años por delante. Que será tiempo y esfuerzo perdidos. Que a su larga lista de procesos en trámite debe agregar éste ( de la misma empresa) y no obstante y a pesar de él debe cerrar el proceso de mediación e ir a juicio ¿por qué? ¿cuál es el motor de la decisión empresarial? En estas ocasiones ¿se desdibuja la función de asesor?¿el profesional es uno más del engranaje?¿ una pieza más del tablero económico? Han sido estas dudas metódicas ( y algunas otras) las que me han impulsado a ir en busca de alguna respuesta que no sea la clásica y convencional que usted podría estar esperando. Los investigadores en desarrollo humano y educación han descubierto que las personas aprendemos y desarrollamos nuestra "moral",que no es innata sino que se cumple un proceso para su adquisición. Dicho proceso se desarrolla en dos etapas de nuestras vidas: la primera se denomina moral heterónoma y la segunda moral autónoma.
     Los niños, por lo común, obedecen a sus padres. Internalizan normas que los adultos, que se ocupan de su crianza, les enseñan. Los niños no distinguen el rol que la voluntad juega en una acción; observan resultados. El niño incorpora y actúa las normas por obediencia y no por íntima convicción. Aprende que si pega al hermanito será sancionado. Y a veces, recibe castigo aún cuando algo se rompió "sin querer". Aparece todo muy confuso. Seguramente en lugar del niño cualquiera tendría gran confusión. (en derecho esto se llama teoría objetiva del delito ¿no?) A medida que crecen, los niños comienzan a advertir que los otros, quienes los rodean, también tiene ciertas razones o intereses diversos y en oportunidades opuestos a los propios. Por defender la relación, se suele aceptar pactar por la diferencia. Importa el grupo y el pertenecer a él, duele la expulsión. Los intereses propios, los ajenos, las normas del grupo. El tema se hace más complejo. Ya adultos, la ley existe en nuestras vidas. En general se acepta y se respeta la norma inscripta en "el contrato social", la que posibilita la convivencia pacífica. Están también los que la transgreden tranquilamente, porque eso vieron hacer. Y peor aún, los que violan la ley sabiendo que si no son descubiertos, no pasa nada. Grave, muy grave. Los investigadores del desarrollo de la moral humana afirman que se es realmente adulto cuando uno ha construido una "moral autónoma", producto de la reflexión y no de la imposición. Cuando no robo, no mato, no doy falso testimonio, no estafo...porque estoy íntimamente convencido de que son conductas disvaliosas. Cuando por propia convicción, más allá de lo que diga la ley, adhiero a valores y no me someto por temores.
Vuelvo al comienzo: si esto es así (y no tengo argumento para afirmar lo contrario) ¿será por ausencia de moral autónoma que no podemos acordar en mediación? Al igual que Nasrudim cuando fue interrogado por las mujeres sobre cómo deberían llorarlo a su muerte: respondió
"como alguien a quien se le preguntaba más de lo que podía contestar"
creo que viene al caso copiarlo.