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Entre
......... SA, una sociedad debidamente constituida bajo las leyes de la República
Argentina, con domicilio en la Avenida ......... 6º piso "B",
Capital Federal, representada por su vicepresidente, señor ......... (en
adelante el FRANQUICIANTE), por una parte; y el señor ........., DNI
......... , con domicilio legal en la calle ......... Provincia de Buenos Aires
(en adelante denominado el FRANQUICIADO), acuerdan en celebrar el
presente contrato de franquicia comercial que se regirá por los siguientes
lineamientos:
SECCION
1: MANIFESTACIONES
1.1. Que
el FRANQUICIANTE ha adquirido experiencia y habilidad en el desarrollo,
apertura y operación de locales de tintorerías de limpieza en seco, lavado
con agua y planchado, según su propia y original técnica (en adelante "EL
SISTEMA").
1.2. Que
el FRANQUICIANTE está autorizado a hacer uso de la marca, marcas de
servicio y nombres comerciales que identifican y son parte del sistema y su método
operativo. Por lo tanto, el FRANQUICIADO conoce que ......... es una
marca legalmente registrada a nombre del FRANQUICIANTE.
1.3. Que
el FRANQUICIADO es un comerciante interesado en desarrollar su propio
negocio de tintorería de limpieza en seco con toda la variedad de servicios
ofrecidos por el FRANQUICIANTE bajo el SISTEMA. El FRANQUICIADO
declara haber conocido el SISTEMA con antelación a la celebración del
presente, encontrándolo satisfactorio para desarrollar sus fines y objetivos
propios.
1.4. Que
el FRANQUICIADO no tiene relación ni vinculación societaria alguna con
el FRANQUICIANTE.
1.5. Que
el FRANQUICIADO entiende y reconoce que todo detalle del sistema es
importante para el FRANQUICIANTE a los efectos de desarrollar y mantener
normas elevadas y uniformes de calidad, servicio, imagen y técnicas para
aumentar la demanda por los servicios y productos del FRANQUICIANTE,
proteger y mejorar la reputación y el prestigio del SISTEMA.
1.6. Que
el FRANQUICIADO conoce que ......... es una marca registrada por
......... SA.
SECCION
2: DEL OTORGAMIENTO DE LA FRANQUICIA
2.1. El FRANQUICIANTE
otorga al FRANQUICIADO una franquicia comercial para operar un local
de tintorería y servicio de limpieza en seco bajo el nombre ......... marca
registrada, usando el sistema de franquicias comerciales y su método
operativo. Asimismo, el FRANQUICIANTE celebrará un contrato de locación
con el FRANQUICIADO con relación al local en el cual se desarrollarán
las actividades del presente contrato.
2.2. A
partir de la entrada en vigencia del presente, el FRANQUICIANTE le
otorga al FRANQUICIADO el derecho a usar los letreros y designaciones en
relación con el local acordado.
2.3. Sólo
en relación con el presente contrato y al local especificado en la cláusula
2.1, la franquicia incluye el derecho de uso de la marca .........
2.4. El FRANQUICIANTE
proveerá sin cargo ciertos elementos publicitarios y promocionales. El FRANQUICIADO
deberá acondicionar el local, decorarlo y equipararlo de acuerdo con las
pautas del manual técnico o de descripción del local de la franquicia (en
adelante "el MANUAL").
2.5. El FRANQUICIANTE
se abstendrá de suministrar franquicias del mismo rubro a terceros que se
encuentren en el ámbito territorial de la franquicia y en un radio de 250
(doscientos cincuenta) metros, excepto en caso de incumplimiento de los términos
del presente.
2.6. El FRANQUICIADO
se compromete a no aprovisionarse de suministros, insumos, máquinas o
productos que no provengan del FRANQUICIANTE. Se entenderá por
suministros a las perchas, bolsas, cartones, contramarca del pantalón, y todo
otro elemento necesario para cumplir con el servicio. El FRANQUICIANTE se
reserva el derecho de indicar la marca o la especificación de los productos a
utilizar en ciertos casos y la facultad de dejar al FRANQUICIADO la
elección del proveedor de los mismos. El FRANQUICIADO se compromete a
poseer un stock mínimo de los elementos mencionados precedentemente.
SECCION
3: DE LA DURACION DEL CONTRATO
3.1. La
franquicia comercial se otorgará por un término de seis años, contados a
partir de la fecha en que comenzó a funcionar el local del FRANQUICIADO.
3.2. Al
partir del vencimiento del plazo mencionado en la cláusula anterior, el FRANQUICIANTE
se reserva el derecho de ofrecer al FRANQUICIADO la oportunidad de
continuar el negocio por otros 6 (seis) años más. El FRANQUICIANTE deberá
comunicarle al FRANQUICIADO que podrá hacer uso de dicha opción 90
(noventa) días antes del vencimiento de los 6 (seis) años. En caso de no
existir la notificación descripta precedentemente, se dará automáticamente
por finalizado el presente contrato. La continuación del contrato estará
sujeta a las siguientes condiciones:
i)
Que el FRANQUICIADO haya notificado por escrito al FRANQUICIANTE de
su voluntad de ejercer la opción de continuar como FRANQUICIADO con una
antelación no menor a 4 (cuatro) meses antes de la expiración del contrato.
ii)
El FRANQUICIADO deberá abonar un tercio de lo estipulado en concepto de
ingreso en la Sección 6 referente a pagos.
SECCION
4: DE LOS SERVICIOS INICIALES SUMINISTRADOS POR EL FRANQUICIANTE
4.1. El FRANQUICIANTE
se obliga a aprobar el local elegido si el mismo cumple con todas las
normas establecidas en el manual operativo en la sección referente a la
selección de locales.
4.2. El FRANQUICIANTE
se compromete a participar en el diseño y en el equipamiento del local,
guiando al FRANQUICIADO a través de especificaciones técnicas y
aportando el beneficio de su experiencia en el negocio. Asimismo, el FRANQUICIANTE
se obliga a poner a disposición del FRANQUICIADO toda la asistencia
necesaria para que éste pueda realizar con éxito las operaciones de apertura
y puesta en marcha del local de acuerdo con los requisitos establecidos en el SISTEMA.
4.3. Con
anterioridad al comienzo de la prestación del servicio por parte del FRANQUICIADO,
el FRANQUICIANTE deberá poner a disposición del FRANQUICIADO o
del representante que éste designe, un programa de entrenamiento para que el
personal de éste adquiera los conocimientos necesarios en relación con la
operación del SISTEMA.
4.4. El FRANQUICIANTE
se compromete a asistir al FRANQUICIADO en el desarrollo de
controles y registros financieros, política de personal, métodos de producción
y fuentes de suministros para un mejor funcionamiento de la franquicia.
4.5. El FRANQUICIANTE
deberá poner a disposición del FRANQUICIADO toda la asistencia técnica
necesaria para que éste pueda efectuar las operaciones de apertura y puesta en
marcha del local de acuerdo con los requisitos del SISTEMA.
4.6. El FRANQUICIANTE
deberá coordinar el programa de publicidad para la inauguración del local
del FRANQUICIADO. A estos fines le otorgará un kit de elementos
publicitarios.
SECCION
5: DE LOS SERVICIOS PERMANENTES SUMINISTRADOS POR EL FRANQUICIANTE
5.1. El FRANQUICIANTE
se obliga a mantener una relación continua de asesoramiento con el FRANQUICIADO.
Se entenderá por asesoramiento a los fines de este contrato a las consultas en
el área de comercialización, a las técnicas de venta y a las operaciones
comerciales en general.
5.2. El FRANQUICIANTE
se obliga a realizar los máximos esfuerzos para mantener elevados y
uniformes niveles de calidad, limpieza, apariencia y servicio en todos los
locales ........., sean propios o franquiciados, protegiendo y mejorando de
este modo SU reputación y la demanda por los productos y servicios
..........
5.3. El FRANQUICIANTE
se compromete a entrenar a todo el personal que sea miembro del primer
plantel de trabajo del FRANQUICIADO, transmitiendo todos los
conocimientos necesarios para que el plantel de trabajo del FRANQUICIADO
pueda hacer uso del SISTEMA en forma adecuada.
SECCION
6: DE LOS PAGOS
6.1. Como
contraprestación por el otorgamiento de la franquicia comercial y en concepto
de ingreso al SISTEMA, el FRANQUICIADO se compromete a realizar
un pago único de U$S 20.000 (veinte mil dólares estadounidenses).
6.2. El FRANQUICIADO
deberá abonar, mediante un cheque no a la orden en concepto de ROYALTY mensual,
el monto que resulte superior entre una suma fija de u$s 365 (trescientos
sesenta y cinco dólares estadounidenses) o el equivalente al 3% (tres por
ciento) de su facturación neta del impuesto al valor agregado. El mencionado ROYALTY
se abonará el día quince del mes siguiente o el primer día hábil
subsiguiente si el día fuese no laborable.
6.3. El FRANQUICIADO
se obliga a abonar en la forma prevista en la cláusula anterior un canon
mensual fijo de U$S 50 (cincuenta dólares estadounidenses) que se destinará a
la creación publicitaria. Asimismo, deberá abonar un 1% (uno por ciento)
mensual adicional de su facturación neta del impuesto al valor agregado en
concepto de participación en las operaciones nacionales de publicidad y un 1%
(uno por ciento) mensual.
6.4. El FRANQUICIADO
se obliga a abonar en la forma prevista en la cláusula 6.2 un máximo del
1% (uno por ciento) mensual adicional de su facturación neta del impuesto al
valor agregado, el que se destinará al mejoramiento del proceso de limpieza y
apoyatura.
6.5.
Luego de expirar el término de los 6 (seis) meses de garantía, si el FRANQUICIADO
es visitado por un técnico con el objeto de proceder a la reparación de
las máquinas, éste deberá abonar el importe en cuestión más los gastos de
traslado de los técnicos.
6.6. En
el caso de incumplimiento por parte del FRANQUICIADO, de las
obligaciones asumidas precedentemente, el FRANQUICIADO se obliga a pagar
los intereses sobre los montos impagos a razón del 2% (dos por ciento) mensual
de interés punitorio sobre el monto de la factura, reservándose al FRANQUICIANTE
el derecho de reajustarlo en función de las fluctuaciones de las tasas de
inflación y de interés en el mercado. Tanto los intereses moratorios como los
punitorios serán capitalizados mensualmente.
SECCION
7: OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO
7.1. El FRANQUICIADO
se obliga a equipar, decorar y amueblar, a su exclusivo costo, el local y su
marquesina con todos los elementos necesarios, observando las normas e
indicaciones propuestas por el FRANQUICIANTE.
7.2. El FRANQUICIADO
se obliga a usar todos los materiales, suministros, bienes descartables,
uniformes, displays, muebles, letreros, equipos y métodos de diseño
descriptos por el FRANQUICIANTE, o en su defecto, aquellos de iguales
características que se ajusten a las normas de calidad y especificaciones
establecidas por el FRANQUICIANTE al respecto. El flete de acarreo de
los materiales solicitados será abonado por el FRANQUICIADO en todos
los casos. El FRANQUICIADO se abstendrá de usar o adquirir cualquier
producto, insumo, material, suministro, bien descartable, uniforme, mueble, que
no sea suministrado o permitido por el FRANQUICIANTE.
7.3. El FRANQUICIADO
deberá mantener a su cargo el interior y exterior de su local en el más alto
grado de limpieza, orden, pulcritud y reparación, según lo determine el FRANQUICIANTE.
Esta obligación comprende a todo bien mueble, marquesina, letrero, equipo de
iluminación y uniforme del personal que tenga relación con la explotación de
la franquicia.
7.4. El FRANQUICIADO
deberá observar las indicaciones que emita el FRANQUICIANTE en
referencia a las condiciones de impresión y ubicación de las marcas en la
papelería comercial que se utilice en el local.
7.5. El FRANQUICIADO
se obliga a llevar los libros y demás asientos contables en legal forma de
acuerdo a las normas legales vigentes. Asimismo, ante el requerimiento del FRANQUICIANTE
o de la persona autorizada por éste, deberá entregar el importe de sus
ventas al público, exhibir las boletas de pago a proveedores, servicios en
general e impuestos municipales, provinciales o nacionales que correspondieren.
En tal sentido, el FRANQUICIANTE estará facultado para delegar esta
facultad de control en la persona que considere apropiada para ello.
7.6. A
los efectos de lograr la unificación en el manejo de las relaciones laborales
de todos los locales ......... y previo acuerdo entre las partes, el FRANQUICIADO
se compromete a no contratar servicios jurídicos laborales en otro estudio
jurídico que no sea el propuesto por el FRANQUICIANTE. El FRANQUICIADO
se obliga a seguir los lineamientos de derecho laboral impuestos por dicho
estudio jurídico.
7.7. El FRANQUICIADO
deberá mantener su local abierto y en operación normal durante 12 (doce)
horas por día, durante 6 (seis) días a la semana como mínimo, durante los 12
(doce) meses del año.
7.8. El FRANQUICIADO
deberá cumplir con todas las exigencias y habilitaciones municipales y/o
provinciales o nacionales que correspondan.
7.9. El FRANQUICIADO
no estará autorizado para poner en funcionamiento otros locales con el
nombre de ......... dentro o fuera del territorio de exclusividad ni podrá ser
titular de franquicias o emprendimientos comerciales que comercialicen
servicios similares que compitan o concurran con su franquicia ..........
Tampoco podrá ser titular de locales que posean elementos distintivos y
decoraciones similares a las que utilice en el local ..........
7.10. El FRANQUICIADO
deberá respetar los precios generales de venta, según la lista de precios
que le otorgue el FRANQUICIANTE. No podrá realizar descuentos o quitas,
salvo previa notificación y posterior aceptación por escrito de parte del FRANQUICIANTE.
SECCION
8: DERECHOS DEL FRANQUICIANTE
8.1. Con
el fin de preservar la validez e integridad de la marca registrada y de
asegurar que las normas y las especificaciones del Sistema sean correctamente
empleadas en la operación del local, el FRANQUICIANTE o sus agentes
tendrán derecho a inspeccionar el local del FRANQUICIADO. El FRANQUICIANTE,
previa notificación fehaciente por escrito con 3 (tres) días de anticipación,
estará facultado para requerirle al FRANQUICIADO que retire cualquier
elemento de la decoración del local o equipos que no se ajusten a las normas y
especificaciones aplicables.
8.2. Si
dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la comunicación por escrito
requiriendo la debida corrección de una falta en las medidas de sanidad e
higiene, o si dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la comunicación
por escrito requiriendo las debidas reparaciones, mantenimiento, corrección o
pintura, el FRANQUICIADO no ha corregido esa condición o llevado a cabo
las mismas, el FRANQUICIANTE podrá fijar una multa diaria equivalente a
U$S 250 (doscientos cincuenta dólares estadounidenses) por cada día que el FRANQUICIADO
se demore en cumplir con sus obligaciones.
8.3. El FRANQUICIANTE
y sus representantes tienen el derecho a inspeccionar los libros y asientos
contables originales pertenecientes al FRANQUICIADO. Si dicha inspección
revelara que las ganancias informadas por el FRANQUICIADO al FRANQUICIANTE
son menores que las que surgen de la inspección realizada, el FRANQUICIADO
deberá pagar al FRANQUICIANTE la diferencia entre el monto
efectivamente abonado y el monto final resultante de la inspección (basada en
las estimaciones correctas de ganancias) más los costos de la inspección u
honorarios contables aplicables y los intereses de las sumas adeudadas. Tales
pagos se harán sin perjuicio de todo otro reclamo que le corresponda al FRANQUICIANTE.
8.4. El FRANQUICIANTE
podrá rescindir el presente contrato, en cualquier momento, en el caso de
incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato y/o sus
respectivos anexos.
8.5. El FRANQUICIANTE
tendrá derecho a utilizar un espacio dentro del local sub-alquilado por el FRANQUICIADO
para realizar actividades de publicidad con el objeto de encontrar nuevas
personas interesadas en la franquicia del sistema .........
SECCION
9: MARCAS REGISTRADAS
9.1. El FRANQUICIADO
entiende que el FRANQUICIANTE tiene la licencia para usar la marca
registrada ......... en forma exclusiva. El FRANQUICIANTE tiene el
derecho de operar y otorgar licencias a otros locales sobre las mismas marcas
registradas, en los términos y condiciones que estime convenientes, sin
perjuicio de mantener la reserva del territorio convenida precedentemente con
el FRANQUICIADO.
9.2.
Durante el término del presente contrato y luego de la terminación del mismo,
el FRANQUICIADO se compromete a no discutir, directamente o
indirectamente, el proceso de registración, la validez de la constitución y
la propiedad de las marcas registradas.
9.3. Ningún
derecho, título ni participación en la marca registrada se transfiere al FRANQUICIADO
por el presente contrato, con excepción del derecho de usar la marca en
los términos y condiciones establecidas en el presente.
9.4. El FRANQUICIADO
no podrá entablar ninguna acción judicial ni administrativa que ponga en
peligro los derechos del FRANQUICIANTE sobre las marcas registradas en
su nombre. El FRANQUICIADO tendrá la obligación de notificar
inmediatamente en forma fehaciente al FRANQUICIANTE si llegara a tomar
conocimiento de reclamos efectuados por cualquier tercero que alegue que la
marca registrada es directamente confundible, causa confusión al público o
infringe una marca que éste ya hubiera registrado con anterioridad. El FRANQUICIANTE
tendrá absoluta discreción para iniciar la defensa de su derecho o
continuar con las acciones legales que estime convenientes.
Asimismo,
el FRANQUICIADO se compromete a no registrar la marca ......... en otros
lugares.
SECCION
10: RESTRICCIONES A LAS ACTIVIDADES DEL FRANQUICIADO
10.1. El FRANQUICIADO,
sus socios o accionistas, en el caso de que éste fuera una persona jurídica,
no estarán autorizados, directa o indirectamente, por sí mismos o por interpósita
persona o en conjunción con otras personas físicas o jurídicas a ser
propietarios, a mantener una participación accionaria o a participar o tener
un interés en la operatoria de una empresa que realice una actividad
sustancialmente similar al negocio que lleva a cabo ........., salvo que el FRANQUICIANTE
lo autorice en forma expresa por escrito. Esta prohibición no se aplicará
en caso de que el FRANQUICIADO posea la propiedad o realice la
operatoria de otros locales ya en marcha al momento de la firma del presente.
10.2. Por
un período de 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de terminación
del presente y sin tener en cuenta la causal por la cual se puso fin al mismo,
el FRANQUICIADO, sus socios o accionistas en el caso de que éste fuera
una persona jurídica, no podrán:
(i)
Desviar o intentar desviar negocios o clientes hacia otro establecimiento en
competencia o concurrencia con el FRANQUICIANTE.
(ii)
Emplear o intentar emplear, induciendo directa o indirectamente a dejar su
empleo, a una persona que en ese momento esté operando, o sea empleada en otro
local perteneciente al FRANQUICIANTE.
(iii)
Publicar, divulgar, usar y/o copiar, en beneficio propio, o de otras personas físicas
o jurídicas, cualquier conocimiento o información concerniente a los métodos
del sistema de franquicia con respecto a su equipamiento, instalación,
decoración u operación del que hayan sido comunicados al FRANQUICIADO,
o de los que el FRANQUICIADO haya tenido conocimiento en virtud de la
instrumentación de los términos de este contrato.
SECCION
11: SEGUROS
11.1. El FRANQUICIADO
se compromete a contratar un seguro de responsabilidad civil frente a los
daños causados a terceros en una empresa aseguradora de primer nivel, previa
aprobación por parte del FRANQUICIANTE. Asimismo, se compromete a
asegurar la responsabilidad derivada por todos sus actos y sucesos ocurridos en
el ejercicio del comercio, a asegurar su stock y sus instalaciones contra los
riesgos de incendio, robo, inundaciones, roturas de cristales, y toda otra
responsabilidad emergente del ejercicio de las actividades descriptas en el
presente.
SECCION
12: TERMINACION
12.1. El FRANQUICIADO
incumplirá el presente contrato, pudiendo el FRANQUICIANTE optar
por la resolución del mismo, sin necesidad de preaviso, en los siguientes
casos:
(i)
Incumplimiento en la entrega de la declaración de GANANCIAS por parte
del FRANQUICIADO al FRANQUICIANTE, ya sea este incumplimiento
ocasionado por la falta de veracidad en la misma, o por no presentarla en el
plazo acordado.
(ii)
Si el FRANQUICIADO es procesado por algún delito que perjudique la
imagen de la franquicia.
(iii)
Si el FRANQUICIADO hace uso indebido de la marca, el nombre, el emblema
o las insignias cuya propiedad pertenece al FRANQUICIANTE.
(iv)
Si el FRANQUICIADO o cualquiera de sus fiadores cayera en estado de
insolvencia, se concurse o transfiera el fondo de comercio, o parte sustancial
de sus bienes, en beneficio de sus acreedores.
(v)
Se solicite la quiebra del FRANQUICIADO y éste lo consienta o no
levante el pedido dentro de los 30 (treinta) días de solicitado el mismo.
(vi)
Si el FRANQUICIADO es inhabilitado comercialmente.
(vii)
Si el FRANQUICIADO explotara un negocio de características similares al
negocio objeto del presente contrato.
(viii)
Si el FRANQUICIADO efectuara prácticas incorrectas que dañaren la
imagen del negocio.
(ix)
En caso de que el FRANQUICIADO no cumpliera en tiempo y forma con las
obligaciones asumidas con el Banco ......... en cuanto al pago del crédito
garantizado con prenda sobre las máquinas.
(x)
En caso de que el FRANQUICIADO no cumpliera con las obligaciones
asumidas con ......... SA en relación con el contrato de sublocación
oportunamente suscripto por ambas partes. Dentro de las obligaciones asumidas
por el FRANQUICIADO en el carácter de sublocatario del mencionado
contrato, se encuentra obligación de pago mensual, la del uso apropiado del
mismo, la del pago de los gastos comunes, la de constituir el fondo de promoción,
la de cumplir con determinados horarios y la que establece las condiciones de
trato con el público en general.
(xi)
En caso de que la garantía propietaria presentada por el FRANQUICIADO,
con el objeto de avalar sus obligaciones contractuales en el contrato de
sublocación celebrado con ......... SA, dejara de tener la solvencia requerida
para estos casos.
12.2. El FRANQUICIADO
se compromete a pagar todas las sumas originadas en un tiempo anterior a la
terminación del presente contrato que le adeudare al FRANQUICIANTE, las
cuales incluirán los daños, gastos y costas en las que hubiera incurrido el FRANQUICIANTE
con motivo del incumplimiento del FRANQUICIADO.
12.3.
Dentro de las 24 (veinticuatro) horas de intimado a realizarlo, el FRANQUICIADO
deberá cesar inmediatamente de usar todas las marcas, los manuales de
operaciones, los eslóganes, los letreros y los símbolos registrados a nombre
del FRANQUICIANTE y que formen parte de la franquicia.
12.4. El FRANQUICIANTE,
o sus agentes, empleados y/o representantes, estarán autorizados, luego de
haber efectuado la intimación previa, a retirar del frente del local el cartel
o el letrero distintivo de la marca y cualquier otro signo distintivo de
propiedad del FRANQUICIANTE.
El FRANQUICIANTE
no será responsable por los daños ocasionados al FRANQUICIADO o al
local como resultado de dicho ingreso al local, retiro o cambio de los mismos.
12.5. El FRANQUICIADO
devolverá de inmediato todos los manuales de operaciones, planes,
especificaciones y otros materiales que contengan información preparada por el
FRANQUICIANTE y relativa a la operación del sistema franquicia.
12.6. Si
el FRANQUICIADO adeudare sumas de dinero como consecuencia de la relación
de franquicia comercial nacida del presente, el FRANQUICIANTE podrá
tomar como parte de pago todos los bienes, maquinarias, insumos y bienes de
decoración del local que estuvieran en posesión del FRANQUICIADO para
satisfacer el monto de su crédito.
SECCION
13: RELACION ENTRE LAS PARTES
13.1. El
presente contrato no constituye al FRANQUICIADO en agente, representante
legal, socio ni empleado del FRANQUICIANTE. El FRANQUICIADO entiende
que reviste el carácter de comerciante independiente y que, de ningún modo,
estará autorizado a celebrar ningún contrato, acuerdo, constituir una garantía
o representar por cuenta del FRANQUICIANTE.
SECCION
14: CONTRATO "INTUITO PERSONAE"
14.1. El FRANQUICIANTE
otorga la franquicia al FRANQUICIADO tomando en consideración para
ello a su persona y antecedentes; por lo tanto, no podrá éste ceder total o
parcialmente, en forma transitoria o permanente, gratuita u onerosa, los
derechos que le correspondan sobre la franquicia sin el consentimiento
expresado, por escrito del FRANQUICIANTE. Si el FRANQUICIANTE autorizara
al FRANQUICIADO a realizar la mencionada cesión, el pago estipulado en
el primer párrafo de la Sección 6 del contrato caducará automáticamente.
Como requisito previo a la cesión, el comprador (cesionario) deberá pagar, en
concepto de derecho de entrada, el importe vigente al momento de realizarse la
misma. En caso de tratarse de una adquisición por parte de un franquiciado, se
deberá abonar el equivalente a la mitad de dicha suma.
SECCION
15: DECLARACIONES Y GARANTIAS DEL FRANQUICIADO
15.1. Que
la celebración de este contrato y el cumplimiento de las operaciones
contempladas en el mismo no resultarán en incumplimiento de cualquier término
o disposición de, ni resultarán en conflicto con otras disposiciones, ni
violarán ninguna ley, norma, decreto, reglamento, regulación, ordenanza,
sentencia de cualquier tribunal, aplicables al FRANQUICIADO, ni a sus
propiedades, activos o acciones en circulación.
15.2. El FRANQUICIADO
se compromete a presentar todas las garantías solicitadas por la
propietaria local y/o el FRANQUICIANTE dentro de los 30 (treinta) días
de efectuado el requerimiento. En caso de incumplimiento con lo descripto
precedentemente, el presente contrato quedará sin efecto por culpa de la
compradora, pudiendo la vendedora reclamar por daños y perjuicios.
15.3. Si
después de un tiempo de presentada la garantía por parte del FRANQUICIADO,
la misma perdiera su solidez y no pudiera en lo subsiguiente ser utilizada para
el fin propuesto, el FRANQUICIANTE podrá rescindir el contrato de
sublocación, lo que significará la pérdida del derecho a explotar la
franquicia comercial con la respectiva rescisión del contrato de franquicia.
SECCION
16: NOTIFICACIONES
Todas las
notificaciones al FRANQUICIANTE deberán ser por escrito, y entregadas o
enviadas por correo certificado y/o a otra dirección que se designe por
escrito.
Todas las
notificaciones al FRANQUICIADO deberán ser por escrito y entregadas o
enviadas por correo certificado al local de la FRANQUICIA o a otra
dirección que se designe por escrito.
SECCION
17: DIVISIBILIDAD
17.1. Si
alguna disposición de este contrato es considerada ilegal, ineficaz o
inoponible por un tribunal competente, esa decisión no afectará ninguna otra
disposición del presente contrato ni declarará inválidas, ineficaces o
inoponibles las restantes disposiciones.
SECCION
18: CONTRATO INDIVISO
18.1.
Este contrato contiene enteramente el acuerdo entre las partes con respecto a
las transacciones contempladas en el presente, y reemplaza toda negociación,
representación, garantía, compromiso, propuesta y contrato, escrito u oral,
anterior a la fecha del presente contrato entre las partes. Ninguna renuncia,
modificación o reforma de alguna disposición de este contrato deberá hacerse
efectiva a menos que esté específicamente hecha por escrito y debidamente
firmada por las partes.
SECCION
19: LEY APLICABLE Y JURISDICCION
19.1. La
validez, la interpretación y el efecto de este contrato será regulada
exclusivamente por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que
se suscite entre las partes con relación a este contrato se resolverá por
ante el Tribunal de Arbitraje de la Asociación Argentina de Franchising, sito
en Avenida Santa Fe 995, 4º piso, Capital Federal.
SECCION
20: NOTIFICACIONES
20.1.
Todas las notificaciones, requerimientos, demandas y otras comunicaciones bajo
este contrato deberán ser hechas por escrito y entregadas personalmente o por
carta documento o correo especial, correctamente domiciliadas en los domicilios
enunciados en el encabezado del presente.
20.2.
Cualquiera de las partes puede cambiar su domicilio para las notificaciones aquí
previstas, dando aviso del nuevo domicilio, pero ningún cambio será
considerado hasta que sea efectivamente recibido por la otra parte.
En fe de
lo cual, las partes suscriben el presente en tres ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto en Buenos Aires, a los ... días del mes de ... de .......
EL PRESENTE TRABAJO SE ENCUENTRA
PUBLICADO EN REVISTA DOCTRINA SOCIETARIA DE ERREPAR , TOMO XII DICIEMBRE/00
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