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"La platita, quiero la
platita", la voz acompañaba los ojos desorbitados de un funcionario
que ni siquiera sospechaba que todos y cada uno de sus movimientos estaban
siendo registrados por una cámara oculta. Pocos días después, la imagen
se repetiría hasta el infinito en las pantallas de televisión de millones
de hogares. El funcionario se convertiría en emblema de la corrupción, de
aquello que se sabe a voces pero que nadie logra comprobar. El espectador, a
su vez, experimentaría un provisorio alivio frente a la acostumbrada
impunidad. Al fin se quebraba el círculo de una palabra contra la otra,
habitual en todo pedido de extorsión; al fin alguien recibiría una sanción,
aunque solo fuera socialmente. El periodista, por último, se convertiría
en una suerte de vengador anónimo que repararía las injusticias no
castigadas por un poder
judicial ineficiente.
Pero más allá del impacto televisivo
del uso periodístico de la cámara oculta, su uso como prueba judicial ha
sido bastante discutido. La Justicia argentina siempre experimentó
dificultades para incorporar las nuevas tecnologías entre las medidas de
prueba previstas por el rígido sistema judicial.
No obstante, la utilización de la cámara
oculta como prueba ha sido admitida en varios casos, en general relacionados
con extorsiones o delitos "de puertas adentro". Los abogados
Alicia Isola y Ariel Garrido del estudio jurídico del Dr. Luis Moreno
Ocampo manifestaron a Legalmanía que recurren a este medio de prueba a
pedido de las víctimas y con fines netamente judiciales. Para dar
continuidad y transparencia a la prueba, contratan los servicios de un
escribano que certifica que se trata de un cassette virgen y precinta la cámara
una vez que éste es introducido. El escribano se ocupa luego de abrir la cámara,
desgrabar la cinta y conservarla hasta que es requerida por el Juez.
Según Alicia Isola, la justicia ya
admitió el uso de la cámara oculta como una prueba más que de ningún
modo puede constituir la única prueba.
Más allá de esto, los abogados
entrevistados diferenciaron el uso que ellos realizan de este recurso con su
utilización por parte del periodismo.
Juan Miceli, también entrevistado por
Legalmanía, admitió que las cámaras ocultas utilizadas en el programa
Telenoche Investiga tienen un fin netamente periodístico y que, si algún
juez así lo requiere, pueden llegar a utilizarse como prueba judicial. No
obstante, recalca que el objetivo primordial del programa no es realizar
denuncias ante la justicia, sino atraer el interés del público.
Miceli prioriza el derecho a la
información y el mecanismo de publicidad de los actos de gobierno a través
de un periodismo independiente frente a quienes cuestionan la utilización
de la cámara oculta desde el punto de vista ético.
La validez como prueba de una cámara
oculta utilizada por el equipo de Telenoche Investiga fue corroborada por un
fallo de la Cámara Federal del 20 de abril de 1999 que estableció:
"Los simples particulares no se encuentran comprendidos por los límites
formales establecidos en la ley procesal penal y no parece razonable
exigirle al periodismo la obtención de una orden judicial para llevar a
cabo una investigación ni la imposición de sus derechos al interlocutor
antes de conversar con él.".
En ese mismo fallo la Cámara, fundándose
en doctrina de la Corte Suprema de Justicia, afirma que tampoco se ha
violado la intimidad del imputado, ni se lo ha obligado a autoincriminarse
ya que "el riesgo tomado a cargo por un individuo que voluntariamente
propone a otro la comisiòn de un delito o que voluntariamente permite a
otro tomar conocimiento de tal propuesta o hechos que son relevantes para la
prueba de un delito ya cometido, incluye el riesgo de que la oferta o los
hechos puedan ser reproducidos ante los tribunales por quien, de esa forma,
tomó conocimiento de ellos".
En algunos casos la Justicia citó como
testigos a los periodistas que obtienen la prueba. En este sentido, el
Tribunal Oral en lo Criminal no. 2 de San Martín desestimó una negativa
del equipo periodístico a que declare el portador de la cámara oculta. El
equipo intentó ampararse en el derecho constitucional de reservar la fuente
de la información y en la idea de que "la persona es muy valiosa para
el equipo de producción y de ser revelada su identidad no podría ser
utilizada nuevamente". Este último argumento fue bautizado por los
jueces, no sin cierta ironía, como "economía de recursos".
El tribunal rechazó el pedido afirmando
que "aún en el concepto más amplio imaginable de fuente, el mismo no
parece alcanzar a una persona que trabaja con regularidad para los
periodistas en la producción de hechos periodísticos".
La utilización de la cámara oculta con
fines judiciales o periodísticos introduce nuevas tecnologías que pueden
ayudar a dilucidar hechos que antes eran imposibles de probar.
El funcionario de "la platita"
padeció no sólo la exposición ante la opinión pública, sino también
los rigores de la cárcel. Por eso, más allá de discutir si los medios
invaden o no ámbitos antes reservados al Poder Judicial, queda claro que el
periodismo y la Justicia no se desenvuelven en ámbitos antagónicos, sino
complementarios. Ambos deberían intentar -cada uno desde su lugar- dar
respuestas a una sociedad cada vez más deteriorada por la impunidad.
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