ACORDADA N° 7. Feria Judicial de Invierno

14/07/03

En Buenos Aires, a los seis días del mes de mayo del año dos mil tres, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:

1°) Disponer en el corriente año feriado judicial para los tribunales nacionales

de la Capital Federal, desde el día 21 de julio hasta el día 1° de agosto, ambos inclusive.

2°) Hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones, que con arreglo a lo

previsto en la Acordada n° 53/73 -respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las

vacaciones escolares- y a lo dispuesto en la presente, deberán determinar para sus respectivas

jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acápite 2° de la acordada n° 30/84).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro

correspondiente, por ante mí que doy fe.

JULIO S. NAZARENO-EDUARDO MOLINE O’CONNOR-CARLOS S. FAYT- GUILLERMO A. F. LOPEZ-ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ-JUAN CARLOS MAQUEDA.